Cada año, las celebraciones patrias generan una pregunta entre trabajadores y empleadores: ¿el día de descanso obligatorio es el 15 o el 16 de septiembre? De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), la fecha considerada como feriado oficial en México es el 16 de septiembre, día en que se conmemora la Independencia de México.
Aunque el festejo popular comienza desde la noche del 15 de septiembre, la legislación laboral establece que el descanso obligatorio corresponde al día siguiente.
Días de descanso obligatorio
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo incluye al 16 de septiembre dentro de los días de descanso obligatorio. Entre estas fechas también se encuentran el 1 de enero, el 1 de mayo, el 25 de diciembre y otras conmemoraciones cívicas establecidas por la legislación mexicana.
Esto significa que, de manera general, las y los trabajadores no están obligados a prestar servicios ese día. No obstante, cuando la actividad laboral lo requiere, empleadores y trabajadores deben acordar el número de personas que laborarán durante la jornada.
¿Cómo se paga si se trabaja ese día?
El artículo 75 de la LFT establece que quienes trabajen el 16 de septiembre deberán recibir, además de su salario correspondiente al día de descanso, un salario doble por el servicio prestado.
En otras palabras, el trabajador recibe:
- El salario ordinario del día.
- Un pago doble adicional por laborar en la fecha de descanso obligatorio.
Asimismo, si el día feriado coincide con un domingo, también se debe cubrir la prima dominical, equivalente a por lo menos 25% adicional sobre el salario ordinario.
¿Qué hacer si no se cumple con el pago?
Las disposiciones aplican para las y los trabajadores contemplados en el apartado “A” del artículo 123 constitucional. En caso de incumplimiento, las personas trabajadoras pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación y apoyo.
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