La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha revocado, por mayoría de votos y sin convocar a una sesión pública, el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (CQD del INE), contra Salinas Pliego.
Este acuerdo ordenaba a Ricardo Benjamín Salinas Pliego retirar diversas publicaciones y comentarios en la red social X (antes Twitter) y abstenerse de realizar manifestaciones que pudieran constituir violencia política de género (VPG) contra la senadora Minerva Citlalli Hernández Mora.
La controversia se originó a raíz de una queja presentada por la senadora Citlalli Hernández, quien alegaba que Ricardo Salinas y otros estaban cometiendo actos de VPG al difundir expresiones que afectaban su desempeño como senadora y la discriminaban por su aspecto físico.
¿Por qué se revocó la sanción contra Salinas Pliego?
La CQD del INE consideró procedente la medida cautelar y ordenó el cese de dicha conducta, alegando que implicaba gordofobia, body shaming y violencia simbólica. Ricardo Salinas Pliego impugnó esta decisión argumentando la falta de competencia de la autoridad electoral y la violación de su derecho a la libertad de expresión.
La Sala Superior, siguiendo la propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, revocó el acuerdo de la CQD del INE. Esto se hizo con los votos en contra de otros magistrados, entre ellos el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada Janine Otálora Malassis y el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón.
La revocación se basó en la falta de competencia de la autoridad electoral para conocer de este caso en particular. La minoría de magistrados emitió un voto particular conjunto sosteniendo que la Sala Superior sí tiene competencia constitucional y legal.
La Sala Superior argumentó que, aunque las expresiones podrían tener elementos de violencia simbólica y psicológica, las autoridades electorales solo pueden intervenir en actos que afecten los derechos político-electorales, y en este caso, no se observó un impacto en el desempeño de la senadora o en sus aspiraciones políticas específicas.