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¿Qué pasará con la elección Zacatecana?

En el marco del Proceso Electoral 2023-2024 en Zacatecas, la reciente anulación de la elección municipal en la capital ha suscitado una serie de cuestionamientos y análisis. Para profundizar en esta situación, entrevistamos al Lic. Matías Chiquito Díaz de León, Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de Zacatecas. En esta conversación, exploraremos las razones detrás de la anulación de la elección, centrada en las candidaturas de Miguel Varela y Jorge Miranda. Además, discutiremos el impacto en los votantes y el rol del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la resolución final. 

¿Cuáles son las principales razones que llevaron al Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas para anular la elección en la capital?

El proceso electoral en México ha estado históricamente marcado por conflictos y violencia, motivados por la sucesión del poder político. Sin embargo, en la actualidad, los conflictos se resuelven a través de mecanismos legales y no mediante la violencia. Todos los actos de autoridad en materia electoral son impugnables, lo que lleva a disputas judiciales sobre los resultados. 

En el caso de la elección municipal en Zacatecas en 2024, el Tribunal de Justicia Electoral anuló la elección, no por problemas con la votación, sino por presuntas irregularidades atribuibles a las candidaturas. Las razones incluyen una publicación del Instituto Electoral de Zacatecas que pudo favorecer a una coalición, cobertura mediática ilegal, actos anticipados de campaña y la violación del principio de laicidad. 

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Esta decisión fue impugnada y será revisada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que deberá determinar si las causales están suficientemente acreditadas para justificar la anulación.

¿Qué consecuencias políticas podría tener esta decisión para los partidos involucrados, especialmente el PAN y el PVEM?

De confirmarse la nulidad de las elecciones del Ayuntamiento de Zacatecas, los partidos políticos podrán participar en las elecciones extraordinarias sin mayores inconvenientes. La anulación no conllevaría otras consecuencias para ellos. Sin embargo, si se acredita la causal de nulidad relacionada con la cobertura ilegal en radio, Miguel Varela no podrá ser candidato en la elección extraordinaria. No obstante, los partidos de la coalición que lo postuló podrían proponer una nueva candidatura.

¿Qué impacto tiene la anulación de la elección en los votantes que ya emitieron su voto en Zacatecas?

Si se confirma la nulidad de la elección municipal, la Legislatura de Zacatecas tendría dos responsabilidades urgentes:

a) Designar un Consejo Municipal que asuma las funciones del Ayuntamiento de Zacatecas antes del 15 de septiembre de 2024.

b) Convocar elecciones extraordinarias dentro de los 45 días siguientes a la sentencia definitiva. Estas elecciones se realizarían a más tardar 60 días después de la convocatoria, y solo podrían participar quienes ya estaban en la Lista Nominal para la elección ordinaria del 2 de junio de 2024.

Si la sentencia de nulidad es revocada, el Ayuntamiento electo el 2 de junio, con Miguel Varela como Presidente, asumiría el 15 de septiembre de 2024.

¿De qué manera afecta esta anulación la percepción de los votantes sobre la validez de su voto?

Como se ha mencionado, la impugnación en materia electoral es un proceso común y la posibilidad de anular elecciones es parte de las eventualidades de los comicios. Aunque la decisión del Tribunal Electoral pueda causar descontento entre los votantes, estos suelen mantener su convicción de participar en la elección extraordinaria.

¿Qué medidas deberían tomarse para que los votantes sientan que su voz sigue siendo relevante en este contexto de incertidumbre electoral?

El Instituto Nacional Electoral se encargaría de organizar la elección extraordinaria. Se convocaría a quienes fueron funcionarios de casilla en la elección ordinaria para integrar las Mesas Directivas de Casilla. Paralelamente, se implementaría una campaña para promover la participación ciudadana y con la información adecuada, se reduciría la incertidumbre.

¿Qué irregularidades se mencionaron como causantes de la anulación y qué tan significativas fueron en el resultado electoral?

Las causales de nulidad señaladas por el TRIJEZ no se atribuyen a las autoridades electorales (INE e IEEZ), sino a posibles irregularidades relacionadas con las candidaturas en la elección del 2 de junio de 2024. Estas irregularidades, ya mencionadas, fueron consideradas suficientes por el Tribunal para anular la elección del Ayuntamiento de Zacatecas. Sin embargo, la decisión fue cerrada, con dos votos a favor y dos en contra, siendo desempatada por la Presidenta del Tribunal, lo que sugiere que la gravedad de las irregularidades es relativa. Además, una de las causales (cobertura en radio) ya había sido desestimada anteriormente por el TEPJF, indicando que no se encontró responsabilidad sancionable.

¿Cómo podría esta anulación influir en las futuras alianzas políticas en el estado de Zacatecas?

Si se confirma la nulidad de las elecciones, los partidos políticos, tanto nacionales como locales, podrán participar sin restricciones en la elección extraordinaria, incluso aquellos que perdieron su registro. Sin embargo, la formación de coaliciones dependerá de nuevas percepciones y pretensiones entre los actores políticos.

¿De qué manera podría la anulación impactar la gobernabilidad en Zacatecas durante el tiempo que tome resolver esta situación?

De convocarse a elecciones extraordinarias en Zacatecas, el 15 de septiembre de 2024 asumiría sin problemas el Consejo Municipal designado por la Legislatura del Estado. Este Consejo tendría plenas facultades para administrar y gobernar el municipio, manteniendo relaciones políticas e institucionales con el Gobierno del Estado y otras autoridades locales, como lo haría un Ayuntamiento en funciones. No se prevén riesgos que puedan afectar las decisiones de gobierno.

¿Cómo cree que esta controversia afectará la relación entre los diferentes poderes e instituciones en Zacatecas?

Las controversias del Proceso Electoral 2023-2024 en Zacatecas parecen ser principalmente luchas entre élites, afectando principalmente a los grupos dentro de los partidos en el poder. El funcionamiento de las instituciones estatales y la relación entre los poderes locales dependen más de las habilidades de liderazgo y negociación de los actores políticos.

¿Qué papel juega el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en resolver este conflicto, y qué impacto podría tener su decisión final?

El TEPJF es responsable de la decisión final sobre todas las elecciones en el país, incluida la del Ayuntamiento de Zacatecas. Su fallo no será discrecional y dependerá de la correcta acreditación y valoración de las causales de nulidad por parte del TRIJEZ.

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  1. El órgano o autoridad municipal que suple la ausencia de un Ayuntamiento (por no haberse registrado las elecciones ordinarias o cuando éstas son declaradas nulas, es propiamente un CONCEJO MUNICIPAL.
    La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas refiere, indistintamente, a Consejo o Concejo Municipal.
    En este caso, se trata específicamente de un Concejo.

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