En un contexto de alza sostenida en el costo de la vivienda, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad el tope al incremento anual de las rentas de casa habitación en la Ciudad de México. La decisión confirma que los aumentos no podrán superar la inflación, que en 2025 fue de 3.69 %.
La resolución se dio tras la impugnación presentada por una empresa de renta de alojamientos contra el artículo 2448 D del Código Civil capitalino. Sin embargo, el Pleno declaró su constitucionalidad.
Fundamento legal y derecho a la vivienda
De acuerdo con las y los ministros, la norma busca garantizar el acceso a la vivienda como derecho humano protegido por la Constitución. Además, señalaron que la falta de control en los costos ha favorecido fenómenos de desplazamiento residencial vinculados a la gentrificación.
Entre los argumentos expuestos durante la sesión se destacó que, en los últimos 20 años, el costo del suelo en la capital se incrementó 800%. Frente a este escenario, el límite conforme a la inflación pretende asegurar una ganancia justa para los propietarios y, al mismo tiempo, evitar aumentos abruptos.
Gentrificación y control de incrementos
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz reconoció que existe un problema de gentrificación en la capital del país.
“Se busca prevenir fenómenos de gentrificación y el desplazamiento residencial al inhibir incrementos desproporcionados”, argumentó.
Con esta decisión, la Corte respalda la reforma que fija parámetros claros para el ajuste anual de rentas, vinculándolos directamente al comportamiento inflacionario.
El fallo de la SCJN confirma la legalidad del tope a rentas en la Ciudad de México y establece que los incrementos deberán apegarse a la inflación, como medida para proteger el acceso a la vivienda frente al encarecimiento del suelo y el desplazamiento habitacional.
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