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SCJN Avala Reducción De Aguinaldo A Pensionados En Zacatecas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma que reduce de 60 a 30 días el aguinaldo de las personas pensionadas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC).

La decisión, tomada por el máximo tribunal del país, introduce un ajuste relevante que busca equilibrar las finanzas del organismo, aunque con límites claros en su aplicación, de acuerdo con información de la SCJN.

¿Qué resolvió la Suprema Corte y a quién aplica?

La SCJN avaló el artículo 74 de la ley del ISSSTEZAC al considerar que la reducción del aguinaldo no vulnera el derecho humano a la seguridad social. Según el fallo, la disminución es una medida razonable y no arbitraria, sustentada en la necesidad de garantizar la suficiencia presupuestaria y la sostenibilidad financiera del Instituto.

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No obstante, el tribunal fue preciso al establecer que la reforma no puede aplicarse de manera retroactiva. Esto significa que la reducción únicamente afectará a las personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma aprobada el 10 de agosto de 2024. Quienes ya contaban con una pensión reconocida antes de esa fecha mantendrán las condiciones originales de su prestación.

La ministra ponente, Loretta Ortiz, explicó que la decisión no desconoce el principio de progresividad en materia de derechos humanos, ya que la medida se apoya en estudios actuariales que demostraron la necesidad de racionalizar el gasto para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Instituto con pensionados y trabajadores.

Artículos invalidados y argumentos centrales

Además de validar la reducción del aguinaldo, la SCJN invalidó los artículos 128 y 128 BIS de la ley del ISSSTEZAC. Estas disposiciones condicionaban el otorgamiento de prestaciones y el cumplimiento de obligaciones del Instituto a su capacidad financiera y a su reserva técnica, lo que fue considerado incompatible con el marco constitucional.

El análisis del tribunal destacó que, aunque el sistema enfrenta presiones financieras, las prestaciones no pueden quedar sujetas de manera abierta a la disponibilidad de recursos, ya que esto podría afectar la certeza jurídica de las personas beneficiarias.

La resolución de la SCJN confirma la validez de un ajuste que impactará a futuros pensionados del ISSSTEZAC.

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