La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), informó que los servicios de transporte ofrecidos por Uber y otras empresas de aplicación no cuentan con autorización para operar en aeropuertos del país.
Esta medida aplica tanto para la carga de pasajeros hacia los aeropuertos como desde ellos, por lo que, de acuerdo con la normatividad vigente, estas empresas no pueden prestar el servicio de manera oficial.
Uber promovió un amparo frente a los operativos realizados por la Guardia Nacional en aeropuertos, y el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó una suspensión para que dichos operativos se ejecuten conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento, evitando acciones arbitrarias o discriminatorias.
No obstante, la SICT aclaró que esta suspensión no constituye autorización para que Uber recoja pasajeros en los aeropuertos. La empresa continúa sin permiso, y aunque sus conductores no pueden ser detenidos ni sancionados directamente, no pueden cargar pasaje dentro de las instalaciones aeroportuarias.
Alternativas para los usuarios
La dependencia recomendó a los pasajeros que utilicen servicios autorizados en aeropuertos, incluyendo:
- Taxis oficiales de aeropuerto
- Autobuses turísticos
- Servicios regulares de transporte hacia puntos específicos
Estas opciones garantizan cumplimiento de la normativa y seguridad en el traslado de pasajeros.
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